Supongamos que has decidido dar el paso y trasladar esa idea que lleva un tiempo rondándote la cabeza al mercado. Quieres hacerte emprendedor y montar un pequeño negocio propio. Pero ahora te asalta la duda: ¿me hago autónomo sin más o constituyo una empresa? Pues bien, para aclararte las ideas vamos a exponer a continuación cuáles serían las ventajas, inconvenientes y equivalencias entre apostar por una u otra fórmula.
1- NO ES CUESTIÓN DE DINERO: La teoría nos dice que para ser autónomo no hace falta tener un euro en el bolsillo. Basta con dar de alta la actividad económica en Hacienda e inscribirse en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social. Sin embargo, para constituir una empresa como Sociedad Limitada o Sociedad Limitada Unipersonal (en el caso de que seas el único socio de la compañía) es necesario desembolsar un capital social mínimo de 3.005 euros con 6 céntimos. Llegados a este punto pensarás que si no dispones de mucho dinero lo mejor es empezar siendo autónomo, pero en este blog ya te explicamos que es posible montar una empresa sin necesidad de poner un euro. ¿Conclusión? El dinero que tengas disponible no es un criterio válido para elegir entre ser autónomo o ser una S.L.
2- LAS EXIGENCIAS LEGALES: A la hora de llevar las cuentas de tu negocio sí que vas a encontrar diferencias siendo autónomo o siendo empresa. Los primeros no están obligados a presentar sus cuentas ante ningún organismo, mientras que las segundas deben llevar la contabilidad de una manera estandarizada y regulada. Además, tienen la obligación de publicar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil. Tú sabes de vender tu producto, pero no sabes de números. ¿Te conviene por ello ser autónomo? Pues tampoco, porque llevar el registro contable de una sociedad limitada no requiere mucho esfuerzo y, además, en el caso de que no quieras perder tiempo, existen numerosos servicios de asesoría y gestión. Los que nosotros ofrecemos cuentan con el valor añadido de un tutor personal que te guiará a la hora de tomar decisiones estratégicas. La calculadora tampoco sirve como elemento de juicio.
3- LOS AUTÓNOMOS TAMBIÉN PUEDEN CONTRATAR: Otra de las dudas más frecuentas es el número de personas que van a colaborar contigo. Muchos emprendedores piensan que si van a realizar su actividad en solitario la mejor opción es hacerse autónomo, mientras que si van a contratar a varios empleados tendrán que constituirse como empresa. ¿Es así? Pues no. Un autónomo puede contratar a cuantos empleados quiera en las mismas condiciones que una empresa. Lo que sí es cierto es que, dependiendo de las personas que vayas a tener a tu cargo, quizás te convenga más ser una empresa. Pero no por el número de empleados sino por el volumen de ingresos que tendrá tu actividad, como veremos en el siguiente punto.
4- EL TRUCO DEL IMPUESTO: La clave para elegir una fórmula u otra está en los ingresos que vaya a generar tu negocio. ¿Qué más da si se ingresa de una forma o de otra si el dinero es el mismo? Pues no es igual, ya que la fiscalidad cambia. A la hora de presentarse ante Hacienda, los autónomos se rigen por el IRPF, al ser personas físicas. Las empresas, como entidades jurídicas, lo hacen por el impuesto de Sociedades. ¿Y qué cambia? Pues mucho, porque los tramos impositivos son diferentes. Pongamos por ejemplo que tenemos un autónomo y una sociedad limitada cuyo beneficio ha sido de 50.000 euros. ¿Cuánto pagan a Hacienda? El primero deberá tributar al 37 por ciento según el régimen de estimación directa, ya que esos 50.000 euros figuran en el tercer tramo del impuesto de la Renta. El segundo, en cambio, lo hará al 25 por ciento o incluso al 20 por ciento si la empresa cumple determinadas características (tener ingresos por debajo de los 5 millones, no superar en plantilla los 25 empleados y no destruir empleo durante el año fiscal).
5- QUE NO SE LLEVEN MI CASA: Pongámonos ahora en una situación de riesgo. ¿Qué pasa si mi actividad se va a pique y tengo una deuda con proveedores y bancos que no puedo saldar? En una empresa la responsabilidad está limitada a su capital social (el mínimo de 3.005 euros del que hablábamos en el primero punto), mientras que un autónomo responde ante las deudas de su actividad con todo su patrimonio personal. Es decir, que existe el riesgo de que te embarguen el coche y la casa si tu negocio quiebra. Hay algunos resquicios legales que pueden evitar esto, pero si para iniciar tu actividad necesitas solicitar una buena inyección de financiación ajena, lo más recomendable es constituirte como empresa.
6- EN BUSCA DE FINANCIACIÓN: Si el dinero que necesitas para comenzar tu actividad lo pones tú mismo, no te hace falta seguir leyendo este punto. Pero si vas a acudir a financiación ajena, debes tener en cuenta que, dependiendo de la puerta a la que llames, tendrás que iniciar el negocio como autónomo o como empresa. Así, si pides un crédito bancario tu entidad te exigirá una serie de avales. Un autónomo siempre podrá poner como garantía del préstamo su patrimonio personal (la casa, el coche, una finca en el pueblo…). Pero si lo que buscas es un inversor privado, una sociedad de capital riesgo o un business angel, lo más probable es que ninguna de estas figuras quiera saber nada de ti si no acudes a ellas bajo la fórmula de una sociedad mercantil.
7- ¿SE PUEDE CAMBIAR DE BANDO?: Pongamos por caso que has comenzado como autónomo y llega un momento en que tu negocio crece a tal ritmo que ahora descubres que te compensa más ser una empresa. O viceversa. ¿Se puede cambiar? Pues sí, se puede, aunque para unos es más fácil que para otros. Un autónomo puede constituir una sociedad limitada en cualquier momento. Tan sólo basta realizar un par de trámites burocráticos. Para una empresa la cosa es más complicada, ya que es necesario extinguir la actividad y liquidar la compañía a la hora de formalizar su cierre.
¿Cuál es entonces la conclusión? Que si tienes previsto que tus ingresos iniciales no sean muy altos y no te vas a asociar con nadie, es mejor empezar como autónomo y dar el salto a empresa más adelante. En cambio, si desde el primer momento tienes una alta perspectiva de crecimiento, vas a realizar un elevado número de operaciones, vas a acudir a rondas de inversión y esperas obtener un beneficio neto por encima de los 40.000 euros, te compensará más constituirte como empresa.